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Las noticias más relevantes publicadas en nuestro Boletín, desde Diciembre de 2004
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ABRIL 2005

Protección de datos de carácter personal
El Gobierno premiará a las empresas que incorporen mujeres en el equipo directivo
Las autonomías darán ayudas adicionales
Plazos para la presentación de los partes por incapacidad temporal
Control sobre las jubilaciones anticipadas
La Unión Europea pide a España reformar las pensiones por riesgo de envejecimiento
El Constitucional equipara trabajo por horas a jornada completa para obtener pensión de invalidez
Un juez considera accidente laboral una depresión por acoso en el trabajo
La Justicia reconoce el «síndrome del quemado»
Ayudas a los desempleados
Hacienda controlará los alquileres sumergidos

MARZO 2005

Las empresas sólo aprovechan la mitad de las bonificaciones para formación
El Gobierno ampliará las ayudas para el autoempleo
Competencia anula el registro de morosos de la banca
El Gobierno planea reformar el contrato temporal para restarle atractivo
Se reactiva el diálogo social en prevención de riesgos laborales
Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura
El Gobierno da 94 euros al mes a los parados de larga duración que hallen empleo
El Gobierno pone en marcha la agencia pública del alquiler de vivienda
Baja el paro y aumenta la afiliación
La cuantía de la pensión media de jubilación sube el doble que la inflación
Vía rápida para la devolución de impuestos
Hacienda investigará sólo los últimos dos años de cada contribuyente
Reducción por movilidad geográfica en el tipo de retención del IRPF

FEBRERO 2005

Descargue el texto de la Constitución Europea en .pdf
Las claves de la regularización
Orden de Cotización 2005
La Agencia Tributaria obligará a los inquilinos a identificar a los caseros
Despido más
barato
contra la precariedad

Los autónomos piden limitar sus responsabilidades
El Gobierno creará un sistema público de asistencia a personas dependientes
La pensión de viudedad, compatible con el SOVI
Las Mutuas segregarán su labor de prevención
Hacienda fijará un valor único a las casas válido para todos los impuestos

 

ENERO 2005

Novedades de la Ley de Presupuestos 2005
Las pensiones mínimas subirán entre un 4,4 y un 8%
Salario Mínimo Interprofesional para 2005
Los Convenios Colectivos podrán fijar la jubilación forzosa de nuevo
Los menores acogidos no tienen derecho a pensión de orfandad, según el Supremo
Hacienda se lanza
tras los
gastos de bolsillo de directivos y profesionales

DICIEMBRE 2004

FOMENTO DE EMPLEO 2005. Proyecto de Ley de Presupuestos Generales para 2005
Hacienda pone los impuestos patas arriba
¿Exteriorizar los premios de jubilación antes de final de año?
Seguridad y salud en materia de trabajos temporales en altura
Guerra al tabaquismo
La Subida Salarial en los convenios fue del 2.92%
Los sueldos de los españoles serán de los que más crezcan en la eurozona
Prueba videográfica para un despido
La Responsabilidad Subsidiaria por deudas tributarias de contratistas y subcontratistas

Protección de datos de carácter personal

Como en ocasiones anteriores, nos permitimos recordarles que la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, L.0.15/1999, de 13 de diciembre y el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad establecen tres obligaciones fundamentales que TODAS las Empresas (y profesionales autónomos) deben cumplir y que son las que a continuación se exponen:

  1. Están obligadas a inscribir en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, A.E.P.D.) todos los ficheros que contengan referencias personales de clientes, proveedores, contactos, pacientes, etc., de que dispongan sus ficheros personales.
  2. Elaborarán e implantarán la normativa de seguridad mediante un documento de seguridad de obligado cumplimiento por el personal con acceso a los datos automatizados de carácter personal y a los sistemas de información.
  3. Están obligadas a proporcionar los medios adecuados que garanticen a los afectados la privacidad de sus datos y el ejercicio de sus derechos.

Las sanciones derivadas del incumplimiento de estas obligaciones oscilan entre los 600 y 600.000 Euros, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.


El Gobierno premiará a las empresas que incorporen mujeres en el equipo directivo

La incorporación de las mujeres a ios órganos de dirección de las empresas y el establecimiento de una modalidad específica de jornada a tiempo parcial para facilitar la conciliación laboral y familiar son dos de las 53 medidas aprobadas por el Gobierno para avanzar en la plena igualdad de la mujer. Podrán acogerse a esta jornada parcial, con la correspondiente disminución retributiva, aquellas mujeres que tengan a su cargo personas mayores, hijos menores de doce años o personas con discapacidad.

En lo sucesivo, el 60% de las iniciativas del Plan Nacional de Acción para el Empleo se orientarán a las mujeres, lo que supondrá 1.050.000 actuaciones en 2005. Asimismo, todos los programas públicos de fomento del empleo considerarán como objetivo prioritario a las mujeres.

Los pliegos de cláusulas de contratación con la Administración Pública incorporarán criterios que favorezcan la contratación de mujeres por parte de las empresas que concursen. El Gobierno también se compromete a favorecer el acceso de la mujer a puestos de responsabilidad en la Administración del Estado hasta alcanzar la paridad.

En este paquete de medidas se establece también un porcentaje de reserva de al menos un 5%, para el acceso a aquellas ocupaciones de carácter público con baja representación femenina, medida que tras el acuerdo con los interlocutores sociales, se extenderá al sector privado.


Las autonomías darán ayudas adicionales

En el caso de las pensiones contributivas, las administraciones regionales podrán beneficiar a sus ciudadanos, siempre y cuando lo hagan mediante "ayudas de otra naturaleza, en el ejercicio de sus competencias". Es decir, con subvenciones sociales directas o en capítulos como, por ejemplo, los del transporte, la atención de ancianos o ventajas fiscales.

Esta es la verdadera novedad que aporta la ley aprobada ayer por la Cámara Alta que, a su vez, deroga la prohibición anterior a las Comunidades Autónomas a "complementar las pensiones". Esta prohibición fue una decisión del Gobierno del Partido Popular en 2003 tras la larga batalla que mantuvo con algunas comunidades autónomas sobre las competencias en las pensiones de la Seguridad Social.

En contra de la norma, el senador del Partido Popular, Blas Fernández, dijo que "vulnera" varios artículos de la Constitución, porque, en su opinión, las pensiones de la Seguridad Social son competencia del Gobierno central y rompe los principios de igualdad y solidaridad entre los españoles. En defensa de la ley, el senador de CiU, Jordi Casas, defendió la necesidad de "complementar" las pensiones en Cataluña, porque su inflación es más alta que en otras partes de España.


Un juez considera accidente laboral una depresión por acoso en el trabajo
Por ello, tiene derecho percibir una pensión mensual en concepto de invalidez absoluta permanente

El juez considera que "se pone de relieve la relación causal entre el trabajo desarrollado y la enfermedad parecida, que conduce a la calificación de esta como accidente laboral".

El Juzgado de lo Social número 13 de Valencia reconoce como accidente laboral la depresión profunda de una trabajadora del Ayuntamiento de Sagunto, al considerar que esta patología psiquiátrica se deriva de la situación de acoso laboral. La víctima, trabajadora de la función municipal de cultura, que entre otras cosas se encargaba de la programación del Teatro Romano, cobrará una pensión por invalidez absoluta permanente.

El juez considera que "la demandante venía trabajando en la Fundación a plena satisfacción de los anteriores presidentes de la misma (...) sin haber padecido dolencias de tipo psíquico hasta el año 1999 en el que, como consecuencia de las elecciones municipales, accedió al cargo el nuevo presidente, al tiempo que otra persona de su partido se encargaba de la intermediación y asesoramiento excediéndose de las funciones que le eran propias". Y señala que ambos actuaron sobre la trabajadora, "marginándola progresivamente, limitando sus posibilidades de comunicación, limitando sus funciones, produciéndose aislamiento y fomentando rumores y críticas contra ella".

El juez entiende que "las consecuencias del acoso condujeron a la demandante a la pérdida de autoestima y a una depresión profunda". Y considera que "se pone de relieve la relación causal entre el trabajo desarrollado y la enfermedad padecida, que conduce a la calificación de ésta como accidente laboral".

Por ello, la trabajadora tiene derecho a percibir una pensión mensual en concepto de invalidez absoluta permanente que debe pagar la Unión de Mutuas, ya que se considera al Ayuntamiento responsable de lo ocurrido.


La Justicia reconoce el «síndrome del quemado» como accidente laboral

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido que el «síndrome del quemado» o «burn out» es un accidente laboral, en una sentencia en la que confirma la incapacidad permanente absoluta concedida por un juzgado de lo Social de Barcelona.

Recurrida la decisión del Tribunal de Primera Instancia al entender, entre otros argumentos, que la dolencia no se debía a un accidente laboral porque no estaba clara la relación causal entre el trabajo y su enfermedad, el TSJC aclara que este tipo de dolencias se alejan «del concepto de accidente» habitual que ocasiona una «lesión súbita e inesperada» y que, «por el contrario, se gestan de una forma lenta y acumulativa», pero también «se relacionan directamente con el trabajo».

Recuerda el TSJC que el «síndrome del quemado o de agotamiento profesional» se define como «agotamiento físico, emocional y mental motivado por un proceso en el que se acumula un estrés excesivo por una desproporción entre la responsabilidad y la capacidad de recuperación» del empleado.

Para el TSJC, en este caso, el síndrome del «burn out» ha afectado «estando en el trabajo y como consecuencia del mismo» y ha ocasionado «un deterioro que no te permite la actividad laboral».

La sentencia rechaza la petición de que se considerara que la patología derivaba de una «enfermedad común» y que se tuviera en cuenta los rasgos de la personalidad de la afectada.


Ayudas a los desempleados

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales está preparando una Orden Ministerial por la que procederá a elevar la cuantía de las ayudas y subvenciones a los desempleados que deciden incorporarse a cooperativas y sociedades laborales.

Los parados que ingresen en estas entidades recibirán una subvención de 5.500 euros, frente a los 4.500 actuales, en tanto que las mujeres desempleadas percibirán una ayuda de 7.000 euros, frente a los 6.000 vigentes actualmente.

Se mantendrán en su cuantía actual las subvenciones a minusválidos en paro y desempleados en riesgo de exclusión social que quieran ingresar en estas entidades, y que ascienden, respectivamente, a 10.000 y 8.000 euros.

La Orden Ministerial que está elaborando el Ministerio para regular estas ayudas incluye también la posibilidad de percibir subvenciones cuando los desempleados se incorporen a las cooperativas y sociedades laborales como socios trabajadores, siempre y cuando hubieran estado vinculados a las mismas mediante un contrato temporal de seis meses como mínimo y no superior a dos años.

El Secretario General de Empleo informó además de que ha acordado con los representantes del sector que los trabajadores que formen sociedades laborales o cooperativas puedan acceder a microcréditos del ICO para financiar los gastos, con un límite de 18.000 euros.

Medidas en estudio

Asimismo, el Ministerio de Trabajo estudiará la posibilidad de que los parados con derecho a prestación por desempleo puedan capitalizar su prestación para establecerse como socios trabajadores de estas entidades cuando no hayan mantenido una relación contractual previa superior a 24 meses, frente a los 12 meses actuales.

El departamento dirigido por Jesús Caldera también analizará una reforma de la legislación para que los socios de duración determinada de cooperativas o sociedades laborales puedan beneficiarse de la prestación por paro si concluye su relación con la entidad, ya que, a pesar de haber cotizado por esta contingencia, la normativa actual no les permite disfrutar de la prestación.


Plazos para la presentación de los partes por incapacidad temporal

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, debido a los retrasos en la presentación de las declaraciones de accidentes de trabajo, iniciará actuaciones de requerimiento y/o sanción a todas las empresas que mantengan dichos incumplimientos.

Con el objeto de facilitarles el cumplimiento de los plazos establecidos y la cumplimentación de los partes, les recordamos:

  1. El plazo de comunicación de parte de accidentes de trabajo es de cinco días desde la fecha de la baja médica.
  2. Cualquier accidente grave, muy grave o mortal, o que afecte a cinco o más trabajadores, debe comunicarse a la autoridad laboral en 24 horas.
  3. Detallar en el apartado correspondiente el lugar exacto del ocurrido el accidente.

Control sobre las jubilaciones anticipadas
Trabajo pondrá coto al abuso en las jubilaciones anticipadas

De las cerca de 130.000 nuevas pensiones de jubilación del Régimen General en 2004, más de la mitad son jubilaciones anticipadas y alrededor del 15% del total son retiros anticipados parciales.

Los responsables del Ministerio de Trabajo calculan que dentro de cinco años este tipo de jubilación anticipada parcial representará el 50% del total, con el consiguiente aumento de coste para la Seguridad Social, por no llevar aparejado ningún recorte en la cuantía de la pensión.

Según han detectado en Trabajo, muchas empresas han descubierto la bicoca que supone para ellos y para el trabajador la jubilación parcial vigente desde 2002, Esta fórmula permite jubilarse a partir de los 60 años con los únicos requisitos de haber cotizado 15 años y reducir la jornada de trabajo hasta un 85% con lo que el jubilado parcial sólo trabaja el 15% de la jornada. En función de esto, cobra el 85% de la pensión y el 15% del sueldo.

Además, tiene una importante ventaja: la cuantía final de toda la pensión, a la que se accede a los 65 años, no tienen ningún coeficiente reductor como ocurre en el resto de las modalidades de jubilación anticipada.

Aunque esta modalidad exige que la reducción de jornada del jubilado parcial se acompañe con un contrato de relevo de un trabajador nuevo, en la práctica muchas empresas obvian este requisito, y concentran el 15% de jornada obligatoria en dos meses al año, que suelen coincidir con los de mayor producción, y el trabajador no acude el resto del año. Es una práctica muy extendida en sectores como el automóvil, pero el número de empresas de todos los sectores que lo usan crece cada día.


La Unión Europea pide a España reformar las pensiones por riesgo de envejecimiento

España debe aplicar las reformas en su sistema de pensiones previstas por el pacto de Toledo para evitar riesgos a largo plazo en la sostenibilidad de las finanzas públicas derivados del envejecimiento de la población.

Esta recomendación se incluye en el dictamen adoptado recientemente por los Veinticinco sobre actualización del programa de estabilidad de España para el período 2004-2008.

"La estrategia presupuestaria esbozada en el programa sitúa a España en una posición relativamente favorable por lo que se refiere a la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, a pesar de los costos presupuestarios previstos por el crecimiento de la población", señala la opinión del Ecofin. No obstante, dados los "riesgos derivados del gran incremento del gasto de las pensiones a muy largo plazo", el gobierno debe completar sus políticas actuales con "medidas que prevengan la aparición de tendencias insostenibles las finanzas públicas", en particular a través de una "exhaustiva" reforma del sistema de pensiones, "en línea con las recomendaciones del pacto de Toledo".

El programa de estabilidad español preveé pequeños superávits en ascenso durante los próximos años, desde el 0,1% del PIB en 2005 al 0,4% en 2008, después del ligero déficit del 0,28% registrado en 2004 como consecuencia de la asunción de la deuda de Andalucía y de Renfe. De acuerdo con la estimación del Ejecutivo comunitario, la situación presupuestaria ajustada cíclicamente oscilará entre el 0,2% y el 0,5% durante el período del programa.


El Constitucional equipara trabajo por horas a jornada completa para obtener pensión de invalidez
Revoca así una sentencia del Tribunal Supremo que dió la razón a la Seguridad Social

El trabajo por horas debe estar equiparado a la jornada completa, en cuanto al cómputo de días de cotización que dan derecho a la pensión de invalidez o discapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común.

El constitucional revoca así una sentencia del Tribunal Supremo que dió la razón a la Seguridad Social, quien denegó la pensión por invalidez permanente a una limpiadora porque, si bien el período mínimo de cotización necesario era de 3.860 días y la mujer había cotizado un total de 5.584 jornadas, dicha cotización había sido a tiempo parcial, por lo que tan sólo acreditaba su favor 1.208 días cotizados.

El Tribunal Constitucional ampara a la trabajadora al considerar que se vulneró su derecho a la igualdad, y establece que el cómputo de los días cotizados debe hacerse función de los días trabajados, con independencia de la duración de la jornada.

De ese modo, restablece la vigencia de la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó en este caso el 18 de febrero de 1997, declarando a la trabajadora en situación de incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común, con derecho a recibir pensión vitalicia equivalente a 100% de la base reguladora mensual de 65.030 ptas, con efectos desde junio de 1995.

Para el Constitucional, "no parece justificado que se establezca una diferencia de trato entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a tiempo parcial en cuanto al cumplimiento del requisito de carencia para el acceso a las prestaciones contributivas de Seguridad Social, diferenciación, por tanto, arbitraria y que además conduce a un resultado desproporcionado, al dificultar el acceso a la protección de la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial".

Además, según explicó en una sentencia anterior, ello comporta una discriminación indirecta por razón de sexo por cuanto la regulación "afecta predominantemente a las mujeres trabajadoras".


Un juez considera accidente laboral una depresión por acoso en el trabajo
Por ello, tiene derecho percibir una pensión mensual en concepto de invalidez absoluta permanente

El juez considera que "se pone de relieve la relación causal entre el trabajo desarrollado y la enfermedad parecida, que conduce a la calificación de esta como accidente laboral".

El Juzgado de lo Social número 13 de Valencia reconoce como accidente laboral la depresión profunda de una trabajadora del Ayuntamiento de Sagunto, al considerar que esta patología psiquiátrica se deriva de la situación de acoso laboral. La víctima, trabajadora de la función municipal de cultura, que entre otras cosas se encargaba de la programación del Teatro Romano, cobrará una pensión por invalidez absoluta permanente.

El juez considera que "la demandante venía trabajando en la Fundación a plena satisfacción de los anteriores presidentes de la misma (...) sin haber padecido dolencias de tipo psíquico hasta el año 1999 en el que, como consecuencia de las elecciones municipales, accedió al cargo el nuevo presidente, al tiempo que otra persona de su partido se encargaba de la intermediación y asesoramiento excediéndose de las funciones que le eran propias". Y señala que ambos actuaron sobre la trabajadora, "marginándola progresivamente, limitando sus posibilidades de comunicación, limitando sus funciones, produciéndose aislamiento y fomentando rumores y críticas contra ella".

El juez entiende que "las consecuencias del acoso condujeron a la demandante a la pérdida de autoestima y a una depresión profunda". Y considera que "se pone de relieve la relación causal entre el trabajo desarrollado y la enfermedad padecida, que conduce a la calificación de ésta como accidente laboral".

Por ello, la trabajadora tiene derecho a percibir una pensión mensual en concepto de invalidez absoluta permanente que debe pagar la Unión de Mutuas, ya que se considera al Ayuntamiento responsable de lo ocurrido.


La Justicia reconoce el «síndrome del quemado» como accidente laboral

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido que el «síndrome del quemado» o «burn out» es un accidente laboral, en una sentencia en la que confirma la incapacidad permanente absoluta concedida por un juzgado de lo Social de Barcelona.

Recurrida la decisión del Tribunal de Primera Instancia al entender, entre otros argumentos, que la dolencia no se debía a un accidente laboral porque no estaba clara la relación causal entre el trabajo y su enfermedad, el TSJC aclara que este tipo de dolencias se alejan «del concepto de accidente» habitual que ocasiona una «lesión súbita e inesperada» y que, «por el contrario, se gestan de una forma lenta y acumulativa», pero también «se relacionan directamente con el trabajo».

Recuerda el TSJC que el «síndrome del quemado o de agotamiento profesional» se define como «agotamiento físico, emocional y mental motivado por un proceso en el que se acumula un estrés excesivo por una desproporción entre la responsabilidad y la capacidad de recuperación» del empleado.

Para el TSJC, en este caso, el síndrome del «burn out» ha afectado «estando en el trabajo y como consecuencia del mismo» y ha ocasionado «un deterioro que no te permite la actividad laboral».

La sentencia rechaza la petición de que se considerara que la patología derivaba de una «enfermedad común» y que se tuviera en cuenta los rasgos de la personalidad de la afectada.


Ayudas a los desempleados

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales está preparando una Orden Ministerial por la que procederá a elevar la cuantía de las ayudas y subvenciones a los desempleados que deciden incorporarse a cooperativas y sociedades laborales.

Los parados que ingresen en estas entidades recibirán una subvención de 5.500 euros, frente a los 4.500 actuales, en tanto que las mujeres desempleadas percibirán una ayuda de 7.000 euros, frente a los 6.000 vigentes actualmente.

Se mantendrán en su cuantía actual las subvenciones a minusválidos en paro y desempleados en riesgo de exclusión social que quieran ingresar en estas entidades, y que ascienden, respectivamente, a 10.000 y 8.000 euros.

La Orden Ministerial que está elaborando el Ministerio para regular estas ayudas incluye también la posibilidad de percibir subvenciones cuando los desempleados se incorporen a las cooperativas y sociedades laborales como socios trabajadores, siempre y cuando hubieran estado vinculados a las mismas mediante un contrato temporal de seis meses como mínimo y no superior a dos años.

El Secretario General de Empleo informó además de que ha acordado con los representantes del sector que los trabajadores que formen sociedades laborales o cooperativas puedan acceder a microcréditos del ICO para financiar los gastos, con un límite de 18.000 euros.

Medidas en estudio

Asimismo, el Ministerio de Trabajo estudiará la posibilidad de que los parados con derecho a prestación por desempleo puedan capitalizar su prestación para establecerse como socios trabajadores de estas entidades cuando no hayan mantenido una relación contractual previa superior a 24 meses, frente a los 12 meses actuales.

El departamento dirigido por Jesús Caldera también analizará una reforma de la legislación para que los socios de duración determinada de cooperativas o sociedades laborales puedan beneficiarse de la prestación por paro si concluye su relación con la entidad, ya que, a pesar de haber cotizado por esta contingencia, la normativa actual no les permite disfrutar de la prestación.


Las empresas sólo aprovechan la mitad de las bonificaciones para formación

El nuevo modelo de formación continua de los trabajadores estrenado el pasado año ha sido un fracaso, según han confirmado fuentes del Ministerio de Trabajo. Este nuevo sistema consiste en que las empresas adelantan el pago de los cursos formativos y luego liquidan lo gastado a través de bonificaciones en la cotización de formación del año siguiente. Cuanto menor es la empresa más alta es la bonificación.

El pasado año, y tras una primera rebaja del presupuesto, la cantidad destinada a bonificaciones empresariales para la formación ascendía a 427 millones de euros, de los que finalmente las empresas sólo gastaron 235 millones de euros, es decir, menos de la mitad.

El Gobierno ya se dio cuenta a mediados del pasado año que la partida de bonificaciones no se iba a gastar e hizo una corrección del presupuesto para desviar 160 millones del dinero presupuestado para las bonificaciones al de los contratos programa, que son aquellos que contratan las empresas igual que en el modelo anterior de formación y en cuya gestión tienen más peso los interlocutores sociales y las Comunidades Autónomas.

Ante esta situación, los responsables de la Secretaría General de Empleo, que dirige Valeriano Gómez, están elaborando un Real Decreto destinado a cambiar progresivamente el modelo de formación y que será negociado a partir de los próximos días con los agentes sociales.


El Gobierno ampliará las ayudas para el autoempleo
Los parados podrán obtener de una sola vez hasta el 50% del desempleo si se convierten en trabajadores autónomos.

El gobierno ha decidido elevar del 20% al 50% la cuantía de la protección por desempleo que un parado puede cobrar de una vez si se convierte en autónomo y crear su puesto de trabajo. El Ministerio de Trabajo ha tomado esta decisión tras comprobar que el 90% de quienes acuden a esta forma de encontrar trabajo continúa tres años después con la actividad. El 10% restante se mantiene un año en esta ocupación.

El resto de la cuantía de la protección por desempleo ­el otro 50%­ se dedicará a subvencionar las cotizaciones sociales del nuevo autónomo.

Junto a ello, e! Gobierno también tiene intención de elevar la subvención directa para el comienzo de la actividad del autónomo. Con carácter general, la cuantía pasará de 3.050 a 5.000 euros anuales, aunque en el caso de las mujeres la ayuda se elevará a 7.000 euros, y a 9.000 en el caso de los minusválidos, según informó Valeriano Gómez, secretario general de Empleo. Estas ayudas pueden incluso aumentar si así lo deciden las Comunidades Autónomas que tienen competencias para ello.


Competencia anula el registro de morosos de la banca

El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) -más conocido como Registro de Morosos- ha sido declarado ilegal por e! Tribunal de Defensa de !a Competencia (TDC) por ser una práctica restrictiva.

La decisión de Competencia supondrá la paralización de todas las actividades del registro de morosos en un plazo de 15 días.

Este polémico registro inició su andadura con roces. En 1991 recibió su primera denuncia ante el Consejo Superior Bancario (CSB), entonces responsable del RAI. El motivo: que los denunciantes consideraron ya en aquel momento que el funcionamiento del mismo colisionaba con las prácticas de una leal y sana competencia por tratarse de un registro que supone la concertación entre las distintas entidades de crédito para transmitirse entre sí informaciones sobre clientes que inciden en las condiciones comerciales o de servicio.

El RAI nació como un registro sectorial de solvencia patrimonial y crédito, cuyo objeto es intercambiar datos entre las entidades participantes, sin que terceras personas físicas o jurídicas tengan la posibilidad de acceder a ellos. La inclusión de una persona en un Registro de Morosos, significaba, de esta forma, su "muerte civil", según recogían algunas de las denuncias ya presentadas contra el RAI, ya que le impide acceder a créditos para financiar sus proyectos.


El Gobierno planea reformar el contrato temporal para restarle atractivo

La reforma laboral que prepara el Gobierno consistirá en "hacer más atractivo el contrato indefinido y menos atractivo el temporal".

Así lo aseguró recientemente el Ministro de Trabajo, tras su intervención en el congreso regional europeo que celebra estos días la OIT en Budapest. Según Caldera, existe una parte muy importante de los contratos temporales, cuya eventualidad no está justificada.

Trabajo prepara también un programa específico para atajar la siniestralidad laboral. Las negociaciones para todos esos cambios arrancarán tan pronto como sindicatos y empresarios finalicen la discusión sobre negociación colectiva.


Se reactiva el diálogo social en prevención de riesgos laborales

La Mesa de Prevención de Riesgos Laborales ha dado un importante impulso al diálogo social. Con los acuerdos alcanzados han quedado cerrados o encauzados todos los temas de prevención de riesgos laborales procedentes de un proceso de diálogo social anterior.

Se abre ahora una nueva etapa del diálogo social en prevención de riesgos laborales en la que las partes, Gobierno e interlocutores sociales (CEOE, CEPYME, UGT y CCOO), han depositado muchas esperanzas. Entre otros acuerdos, se fija el 30 de mayo para cerrar la negociación de la modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención y el 30 de junio para cerrar la negociación de la nueva lista de enfermedades profesionales y del procedimiento de declaración, notificación y registro de las mismas. La necesidad de disponer de una nueva lista de enfermedades profesionales es evidente ya que la que está vigente data del año 1978.También se han alcanzado dos acuerdos con los que se abre una nueva etapa de diálogo social en materia de prevención de riesgos laborales, en la que se pretende dar un impulso a la política de seguridad y salud en el trabajo a partir de nuevas orientaciones y sobre nuevas bases: coordinar una estrategia española de seguridad y salud en el trabajo que esté en concordancia con la estrategia europea, e impulsar, con carácter urgente, la reforma y la potenciación del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.


Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura
Publicado en el BOE el procedimiento para su elaboración

El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura estará a disposición de empresarios y trabajadores en la primera quincena de marzo y permitirá la contratación de trabajadores extranjeros en aquellas ocupaciones para los que no existan demandantes en el mercado nacional.

El objetivo del Catálogo es servir de instrumento para determinar y concretar la definición del término "situación nacional de empleo", que viene mencionada en el Reglamento de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. El Reglamento establece como requisito para la concesión de autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena a trabajadores extranjeros, que la situación nacional de empleo permita su contratación cuando no existan demandantes nacionales adecuados y disponibles.Para determinar las ocupaciones que figuran en el Catálogo se tendrán en cuenta, por un lado la media de demandas de los últimos de doce meses de personas que se encuentran solicitando una determinada ocupación a fin de mes, el número de puestos de trabajo que los empleadores han ofertado a lo largo del año; el número de puestos de trabajo para los que no se ha encontrado el candidato idóneo y el número de contratos que se han comunicado a los Servicios Públicos de Empleo en el último año. Los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos podrán incluir o excluir del catálogo aquellas ocupaciones que su experiencia en la gestión así lo determinen.


El Gobierno da 94 euros al mes a los parados de larga duración que hallen empleo

Los parados de larga duración que encuentren un empleo recibirán 94 euros mensuales de la Administración mientras mantengan el puesto de trabajo. El objetivo es "incentivar a los desempleados a buscar un empleo y reducir el desánimo que conlleva el paro de larga duración", según un comunicado del Ministerio de Trabajo. Ésta es una de las novedades del programa de la Renta Activa de Inserción aprobada recientemente.

El programa, gestionado por Trabajo, persigue combatir el paro de larga duración que sufren, entre otros colectivos, los mayores de 45 años y las personas con discapacidad. Otra de las novedades más destacadas del programa en el 2005 es la ampliación de la renta a 11 meses frente a los 10 de programas anteriores. El periodo de espera para iniciar el devengo de la renta se reduce de tres meses a uno.

El programa cuenta con un presupuesto de 300 millones de euros, si bien hay que añadir los costes de las políticas activas de empleo que desarrollen las Comunidades Autónomas. Los cálculos del Ministerio de Trabajo es que puedan beneficiarse del programa 71.000 personas.

También las víctimas de la violencia doméstica percibirán ayudas de 1.125 euros para cambiar de residencia. La cuantía de la renta es de 375 euros, el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples.


Baja el paro y aumenta la afiliación

Los desempleados registrados en los Servicios Públicos de Empleo, al finalizar febrero, se ha reducido en 6.086 personas en relación con el mes anterior. En valores relativos, supone un descenso de un -0,3% respecto a enero.

Aunque el número de parados registrados se sitúa en 1.717.381, esta cifra se ha reducido sensiblemente en los últimos 12 meses, ya que en febrero de 2004 se contabilizaban 34.513 personas más en situación de desempleo. Al mismo tiempo, la afiliación media a la Seguridad Social aumentó en 144.593 ocupados en febrero, situándose en en 17.290.315 ocupados, que suponen un aumento de 102.142 sobre los registrados el 31 de enero. Las mujeres suponen ya el 40,22% del total de afiliados ocupados, y se espera que pronto alcancen los siete